262.500 euros por publicidad encubierta: La sanción a Atresmedia por no señalar que un programa de Atresplayer tenía "finalidad promocional"
María Garzón
María Garzón
-Redactora
Adicta a los programas de televisión, siempre está pendiente de los estrenos en la pequeña pantalla. Le encanta analizar las audiencias y saber qué pasó con rostros conocidos de los 90 y principios de los 2000.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa a la cadena privada por no especificar la publicidad en 'Juntas cambiamos'

Atresplayer

Nueva sanción económica a Atresmedia por publicidad encubierta. Esta vez el formato sancionado ha sido uno de Atresplayer, concretamente Juntas cambiamos. Este formato es "una iniciativa impulsada para romper el tabú de la menopausia, dar visibilidad a los cambios de salud que implica y cómo afrontarlos, de la mano de grandes expertas".

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha visto publicidad encubierta en Juntas cambiamos porque, a pesar de que en la descripción se indicaba que estaba ofrecido por Danacol, "el contenido no incluía ninguna identificación adicional de su carácter publicitario, en particular, mediante el indicativo de 'publicidad".

"Durante su emisión se realizaron menciones directas a la marca, se aludió a productos alimenticios vinculados a la misma y se emplearon elementos visuales asociados a su identidad corporativa en el decorado, vestuario y materiales en pantalla", señala la CNMC. Esta "combinación de estos elementos evidenció la existencia de una finalidad promocional integrada en el contenido editorial del programa sin una identificación clara para el espectador" que podría "inducir al público a error sobre la naturaleza del contenido".

Atresmedia reconoce la infracción y baja la sanción economica

Según recoge verTele, los hechos constituyen una infracción de la Ley General de Comunicación Audiovisual, que prohíbe la comunicación comercial audiovisual encubierta cuando tenga intencionalmente un propósito publicitario y pueda inducir al público a error sobre su naturaleza.

Esta infracción se produjo, al menos, entre el 16 de julio de 2024 y el 21 de mayo de 2025 por lo que la CNMC impuso una sanción de 262.500 euros. Ante los hechos, Atresmedia reconoció la infracción y solicitó las reduciones previstas en el pronto pago. Esto supone una reducción del 40% sobre la cantidad inicial, por lo que la cadena privada ha tenido que pagar finalmente 157.500 euros.

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