
No es raro ver a exconcursantes de MasterChef volver al plató junto a Samantha Vallejo-Nágera, Pepe Rodríguez y Jordi Cruz. La mayoría de participantes, sean anónimos o famosos, suelen regresar como invitados en las siguientes ediciones para hablar sobre cómo les ha ido su vida al salir del 'talent' culinario. Sin embargo, una visita de una exaspirante en MasterChef Celebrity 6 ha traído un disgusto para RTVE.
En 2022 la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó a la cadena pública con 125.581 euros por publicidad encubierta de productos de una exconcursante durante la emisión de los días 25 y 30 de octubre de 2021, correspondientes al estreno y la reposición de la séptima gala de MasterChef Celebrity 6.
Según la CNMC, el programa de cocina hizo referencia en varias ocasiones a productos alimentarios de Amelia Platón, Amelicious -concursante de MasterChef 9- que se comercializaban por internet. "Se describen las virtudes de estos productos y se muestran algunos de ellos; todo ello enlazado con el contenido del programa", señaló la comisión, indicando que vulneraron el artículo 18.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual.

La comisión señaló que la aparición de los productos y las menciones a la empresa de Amelicious tenían una "clara intención publicitaria y promocional" que en ningún momento se explicó. Y no solo eso. También "se indicaba la forma de adquisición online de los productos, la forma de entrega" y se mostraron imágenes durante tres minutos "entre loas de los presentadores y vítores de los concursantes".
RTVE decidió recurrir y ahora, tres años después, la Audiencia Nacional ha ratificado la sanción de la CNMC. Los magistrados señalan que la exconcursante, también nutricionista, no fue a hablar de su negocio sino a publicitar sus productos: "Obedeció a un propósito publicitario y constituye una comunicación comercial encubierta". Algo que infringe las leyes que regulan la publicidad en España.
La visita de Amelia podría tener un propósito editorial, pero la realidad es que se convirtió en una publicidad constante de su negocio. "No se centra en el proyecto empresarial y la forma de su desarrollo, sino en la presentación del producto [...] El protagonista es el producto a cuya compra se induce, con mayor o menor éxito, al espectador", destacan los jueces de la Audiencia Nacional.
"El producto es ensalzado de forma reiterada por jurados y concursantes. No se trata de elogios ocasionales ni espontáneos, pues provienen de los jurados que conducen el desarrollo de la entrevista y son ellos quienes remarcan de manera insistente las bondades del producto", sentencian en la ratificación a la sanción de la CNMC.